Un Certificador Energético es un Técnico competente y habilitado para realizar el Certificado de Eficiencia Energética según el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Por tanto, es el profesional encargado de realizar el Certificado Energético de viviendas, oficinas y locales comerciales que estén en la situación de venta o alquiler.
El Certificador Energético como hemos comentado anteriormente tiene la misión de realizar el Certificado Energético lo cual lo realiza resumidamente en los siguientes tres pasos:
Visita al inmueble para la toma de datos.
Elaboración y redacción del Certificado Energético en su despacho profesional.
Registro del Certificado Energético en el Organismo de la Comunidad Autónoma habilitado para ello.
La visita al inmueble consiste en la toma de datos necesarios para posteriormente poder realizar de forma correcta el Certificado de Eficiencia Energética.
Podemos dividir la toma de datos en dos partes bien diferenciadas:
Datos del propietario del inmueble (nombre, apellidos y DNI, NIE o CIF en el caso que el propietario sea una sociedad).
Datos del inmueble: dirección, referencia catastral, etc.
Año de construcción del inmueble.
Tipo de inmueble (piso dentro de un bloque de viviendas, edificio completo, casa unifamiliar, comercial u oficina).
Año y Normativa de construcción del inmueble.
Superficie útil habitable.
Número de plantas.
Altura entre plantas.
Consumo de Agua Caliente.
Ventilación.
Envolvente térmica (fachadas, paredes, suelos y cubiertas en contacto con el aire, terreno o espacios no habitables).
Huecos (ventanas, puertas o lucernarios) situados en fachadas y techos en contacto con el aire, así como las características de dichos huecos (tipo de carpintería, vidrios, etc.).
Puentes térmicos (pilares situados en fachadas, cajas de persianas, etc.).
Elementos de sombreamiento en fachadas y huecos.
Instalaciones de Calefacción, Refrigeración, producción de Agua Caliente Sanitaria (ACS), e Iluminación (sólo en los casos de edificios comerciales u oficinas). Para ello se comprueba los tipo de instalaciones (aire acondicionado, si es inverter o no, si produce calor y frío, suelos radiantes, calderas, si son estancas o atmosféricas, termos eléctricos, placas solares, tipos de combustibles empleados en dichas instalaciones, etc.).
En esencia el Certificador Energético deberá disponer de una Titulación en Ingeniería/Ingeniería Técnica o Arquitectura/Arquitectura Técnica, siendo las reconocidas las siguientes:
Ingeniero Industrial.
Ingeniero Técnico Industrial.
Arquitecto.
Arquitecto Técnico.
Ingeniero Aeronáutico.
Ingeniero Agrónomo.
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
Ingeniero de Minas.
Ingeniero de Montes.
Ingeniero Naval y Oceánico.
Ingeniero de Telecomunicación.
Ingeniero Técnico Aeronáutico.
Ingeniero Técnico Agrícola.
Ingeniero Técnico Forestal.
Ingeniero Técnico de Minas.
Ingeniero Técnico Naval.
Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
Ingeniero Técnico Telecomunicación.
Ingeniero Técnico Topógrafo.
Ingeniero Químico (homologada con la de Ingeniero Industrial Químico según RD 1954/1994).
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